Art. 99
Libro LIBRO IIITítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 99

100 / 113
En vigor desde 8 jul 2018
La adopción de medidas provisionales se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2018/06/07/15#art-99