Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 19 ago 2009
Las mediaciones iniciadas antes de la entrada en vigor de la presente ley se rigen por la Ley 1/2001, de 15 de marzo, de mediación familiar de Cataluña.
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Proeli/es-ct/l/2009/07/22/15#disposicion-transitoria-primera