Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 19 ago 2009
Las mediaciones iniciadas antes de la entrada en vigor de la presente ley se rigen por la Ley 1/2001, de 15 de marzo, de mediación familiar de Cataluña.
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eli/es-ct/l/2009/07/22/15#disposicion-transitoria-primera

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