Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 5
En vigor desde 29 ene 2007
Serán de plena aplicación en la normativa forestal de la Comunidad Autónoma de Aragón las definiciones que establezca la legislación forestal estatal básica vigente.
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Proeli/es-ar/l/2006/12/28/15#art-5