Título TÍTULO III

Art. 21 bis

En vigor desde 9 nov 2011
El Registro de Cajas de Ahorros de Andalucía es público. Podrán obtenerse certificaciones de acuerdo con lo que se determine reglamentariamente. Se añade por el art. único.14 de la Ley 6/2011, de 2 de noviembre. Ref. BOE-A-2011-18162 Téngase en cuenta que precepto ya fue añadido por el Decreto-ley 1/2011, de 26 de abril. Ref. BOJA-b-2011-90006 Se añade por el art. único.14 del Decreto-ley 1/2011, de 26 de abril. Ref. BOJA-b-2011-90006

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/1999/12/16/15#art-21-bis

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil