Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 24
En vigor desde 1 may 2020
La Región Sanitaria se estructurará en los siguientes órganos:
1.1 De dirección y gestión:
a) El Consejo de Dirección.
b) El Gerente.
c) Los órganos u organismos y los servicios y las unidades que se aprueben por acuerdo del Consejo de Dirección del Servicio Catalán de la Salud.
Se modifica el apartado 1.1.c) por el art. 109.5 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569 Se deroga el apartado 1.2 por el art. 160.3 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/1990/07/09/15#art-24