Art. Disposición final tercera
En vigor desde 15 mar 1978
El Gobierno y los órganos de la Administración competentes dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación de la presente Ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1978/02/20/15#disposicion-final-tercera