Título TÍTULO VI

Art. Disposición transitoria tercera

En vigor desde 13 dic 2017
Los grupos de trabajo constituidos para la elaboración de un catálogo de vestigios relativos a la guerra civil y la dictadura, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, y para la retirada de los mismos y la valoración de los supuestos determinantes de excepcionalidad, ambos adscritos a la conselleria competente en materia de memoria histórica y democrática, continuarán realizando sus funciones hasta que se cree la comisión técnica prevista en el artículo 39.5 y el comité técnico de expertos previsto en el artículo 39.6 de esta ley, los cuales les sustituirán asumiendo sus finalidades y funciones.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2017/11/10/14#disposicion-transitoria-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil