Título TÍTULO VI
Art. Disposición final primera
En vigor desde 13 dic 2017
El Consell, así como las consellerias competentes por razón de la materia, deben aprobar las disposiciones necesarias para desarrollar y aplicar lo establecido por esta ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2017/11/10/14#disposicion-final-primera