Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional séptima

En vigor desde 13 dic 2017
1. La inscripción de un bien en el Inventario general del patrimonio cultural valenciano no será obstáculo para su inscripción en el Catálogo de lugares de la memoria democrática de la Comunitat Valenciana, en atención a los distintos valores patrimoniales protegidos. 2. Los departamentos con competencia en materia de patrimonio cultural valenciano y de la memoria democrática valenciana, en aras al establecimiento de una armonización procedimental adecuada, establecerán mecanismos de colaboración respecto de los bienes inscritos en los instrumentos señalados en el apartado anterior.
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eli/es-vc/l/2017/11/10/14#disposicion-adicional-septima

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