Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección tercera. Régimen jurídico y económico-financiero

Art. 55

En vigor desde 13 dic 2017
Los bienes y medios económicos del instituto son los siguientes: a) Las dotaciones, transferencias o subvenciones que anualmente se consignen en los presupuestos de la Generalitat o en los de otros organismos públicos. b) Los bienes, derechos y valores propios o que le sean adscritos, así como los productos y rentas de aquellos, para cuya gestión gozará de autonomía. c) El rendimiento de las tasas, precios públicos y demás ingresos vinculados a los servicios que presta. d) Los préstamos que sean necesarios para atender situaciones de desfase temporal de tesorería. e) Los demás recursos económicos, ordinarios o extraordinarios, que se le autorice a percibir o que pudieran corresponderle conforme a la normativa vigente.
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eli/es-vc/l/2017/11/10/14#art-55

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