Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional decimosegunda

En vigor desde 16 feb 2014
1. A fin de mejorar las condiciones de accesibilidad de las personas usuarias a la red de transporte público, además de las formas de cooperación previstas en la Ley 6/1996, de 9 de julio, de coordinación de los servicios de transporte urbanos e interurbanos de viajeros por carretera, la Xunta de Galicia, a través de la consejería competente en materia de mobilidad y transportes, podrá: a) Formalizar convenios de colaboración con otras administraciones públicas gallegas mediante los que se establecerán actuaciones de coordinación de servicios de transporte público de sus respectivas competencias, incluyendo la habilitación de la extensión de los servicios interurbanos al transporte urbano o viceversa. b) Igualmente, podrá elaborar y, después de oír a los ayuntamientos interesados, aprobar planes de accesibilidad del transporte interurbano al centro urbano, en el que se concretarán las nuevas rutas y se fijarán nuevos puntos de parada e interconexión de las redes urbana e interurbana de transporte público. Las empresas contratistas de los servicios de transporte público afectados por los correspondientes convenios o planes de accesibilidad serán oídas con carácter previo a su formalización. La coordinación de estas redes constituirá causa de interés público a efectos de modificación de los correspondientes contratos de servicio de transporte público que puedan resultar afectados, sobre los cuales aquellos convenios y planes de accesibilidad, previa aprobación, resultarán de directa e inmediata aplicación. 2. Igualmente, las administraciones públicas gallegas podrán formalizar contratos programa con los concesionarios de infraestructuras de transporte terrestre para la mejora de su accesibilidad, funcionalidad y, en general, de la calidad global de los servicios que prestan. 3. En el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de la presente ley, la Xunta de Galicia deberá elevar al Parlamento de Galicia un proyecto de ley de movilidad de Galicia, en el que se desarrollará un sistema integrado de transporte público de personas, coordinando las distintas redes de transporte público existentes.
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