Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 5.ª Régimen patrimonial, presupuestario y de contratación
Art. 41
En vigor desde 1 ene 2013
1. La contratación de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia se rige por lo establecido, con carácter general, en la legislación de contratos del sector público y por lo establecido en la normativa autonómica que sea de aplicación.
2. Los contratos celebrados por la Agencia Tributaria de la Región de Murcia se inscribirán en el Registro de Contratos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
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Proeli/es-mc/l/2012/12/27/14#art-41