Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 30

En vigor desde 15 jun 2011
Las piezas de caza deberán ser objeto de un aprovechamiento ordenado y racional que en todo caso deberá adecuarse a los planes y directrices que apruebe la Consejería competente en materia de caza.
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eli/es-ex/l/2010/12/09/14#art-30

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