Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 33

En vigor desde 2 jul 2010
1. Los niños y los adolescentes tienen derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión en los términos constitucionalmente establecidos. 2. Los padres y las madres, los titulares de la tutela o que tengan la guarda y los educadores tienen el derecho y el deber de cooperar para que los niños y los adolescentes ejerzan esta libertad, de modo que contribuyan a su desarrollo integral.
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eli/es-ct/l/2010/05/27/14#art-33

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