Título TÍTULO VI

Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 1 ene 2007
1. Queda derogada la Ley 7/1984, de 21 de diciembre, de Finanzas de la Comunidad Autónoma de Cantabria. 2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposicio­nes, de igual o inferior rango, se opongan a lo establecido en esta Ley.
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eli/es-cb/l/2006/10/24/14#disposicion-derogatoria-unica

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