Título TÍTULO XII›Capítulo CAPÍTULO X
Art. Disposición final primera
En vigor desde 15 nov 2006
Se autoriza al Gobierno de las Illes Balears para que dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de esta ley.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2006/10/17/14#disposicion-final-primera