Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO XVI

Art. Disposición adicional décima

En vigor desde 1 ene 2001
Con efectos económicos de 1 de enero de 2001, la norma 1.ª del número 5 del artículo 10 de la Ley 74/1980, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1981, será asimismo de aplicación al cargo de Adjunto del Defensor del Pueblo de España.
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eli/es/l/2000/12/29/14#disposicion-adicional-decima

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