Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Provisión de Puestos de Trabajo en Entidades Locales
Art. 37
En vigor desde 1 ene 2001
Se modifica el artículo 102 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, que queda con la siguiente redacción:
«Artículo 102.
1. Las pruebas de selección y los concursos para la provisión de puestos de trabajo, a que se refiere el presente capítulo, se regirán por las bases que apruebe el Presidente de la Corporación, a quien corresponderá su convocatoria.
2. En las pruebas selectivas, el tribunal u órgano similar elevará la correspondiente relación de aprobados al Presidente de la Corporación para hacer el nombramiento, a quien también corresponderá la resolución motivada de los concursos para la provisión de puestos de trabajo, previa propuesta de aquellos órganos de selección.»
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/2000/12/29/14#art-37