Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 28 ene 1993
1. Son fines del régimen jurídico establecido por esta Ley: a) Alcanzar una mayor justicia y eficacia en la distribución y estructura de las tierras propiedad de la Comunidad Autónoma, evitando la acumulación abusiva de la propiedad agraria de origen público, así como su especulación, destrucción o alteración de la misma. b) Buscar la racionalización, mejora y modernización de la Empresa y de la explotación familiar agraria. c) Perseguir el incremento de la renta agraria, fomentando la creación de Empresas social y económicamente viables. d) Fomentar el cultivo directo y personal de la tierra. e) Incentivar el desarrollo social de la agricultura. f) Fortalecer el asociacionismo agrario, promoviendo la constitución de explotaciones agrarias de carácter comunitario. g) Proteger el ecosistema y el medio ambiente. h) Fomentar la formación, investigación y experimentación agrarias. 2. En todo caso, los intereses particulares quedarán siempre subordinados al interés general.
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eli/es-ar/l/1992/12/28/14#art-4

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