Título TÍTULO VIII
Art. Disposición transitoria primera
En vigor desde 18 abr 2023
Mientras no se constituya una entidad local de carácter metropolitano, se tomará como referencia para caracterizar los asentamientos de carácter rural ubicados en espacios metropolitanos todos aquellos incluidos en los municipios pertenecientes al Consorcio de Transportes del Área de Zaragoza.
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