Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 2.a En atención primaria

Art. 38

En vigor desde 23 dic 2022
1. Los servicios de farmacia de atención primaria dispondrán de una localización adecuada para facilitar la recepción y un sistema eficaz y seguro para el suministro de medicamentos, productos sanitarios y dietoterápicos a los centros y estructuras a su cargo. 2. También dispondrán de un sistema de información que gestione los procesos, desde la adquisición al suministro de medicamentos, integrado en el sistema de información de atención primaria.
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eli/es-md/l/2022/12/21/13#art-38

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