Título TÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 8 nov 2022
1. La Agencia tiene como finalidades básicas: a) El fomento y ejecución de actuaciones en materia de eficiencia energética. b) El cumplimiento de la planificación y gestión energética. c) La elaboración y ejecución de estudios, análisis, planes, programas y proyectos en materia de cambio climático y transición energética. 2. En el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la Agencia tiene como objetivos fundamentales los siguientes: a) Cumplir los compromisos nacionales de la transición energética. b) Conseguir un modelo energético sostenible, socialmente justo y territorialmente equilibrado. c) Luchar contra el cambio climático y sus consecuencias, así como la promoción de la adaptación a las mismas. 3. Para el cumplimiento de sus fines generales y objetivos, de acuerdo con las directrices emanadas del Gobierno de La Rioja y bajo la tutela y dirección de la consejería de adscripción, la Agencia desarrollará las siguientes funciones: a) Establecer y gestionar programas de subvenciones y líneas de ayuda públicas que contribuyan a la reducción de gases de efecto invernadero, la transición energética y la adaptación al cambio climático. b) Promover actuaciones e inversiones públicas en materia de mitigación y adaptación al cambio climático. c) Promover campañas de información ciudadana sobre el cambio climático y el uso de la energía que incluyan la colaboración con las Administraciones públicas. d) Elaborar planes, estudios y emitir informes sobre tecnologías y sistemas energéticos, evolución del cambio climático y la adaptación al mismo, así como sobre el cumplimiento de los objetivos y medidas del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima y cualesquiera otros compromisos estatales, europeos e internacionales. e) Fomentar la formación de profesionales en materia energética y de cambio climático. f) Participar en proyectos competitivos de ámbito autonómico, estatal, europeo e internacional para la puesta en marcha de iniciativas relacionadas con las funciones y objetivos de la Agencia. g) Proporcionar apoyo técnico al sector público autonómico y local de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el uso de la energía y los recursos energéticos renovables en dicho ámbito. h) Proporcionar apoyo técnico a municipios para la redacción y ejecución de sus planes de acción de energía y clima. i) Fomentar y participar activamente en la generación distribuida, el autoconsumo, la eficiencia energética, la digitalización y la electrificación de la demanda, como instrumentos necesarios para una correcta transición energética. j) Gestionar la producción de energía, sistemas de almacenamiento o gestión de la energía y la movilidad sostenible, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos administrativos. k) Promover entre la población riojana una verdadera cultura energética decrecentista, fundamentada en la reducción de consumo y la generación de origen renovable, especialmente el autoconsumo colectivo y las instalaciones de propiedad pública, fomentando el ahorro y la eficiencia energética. l) Favorecer el desarrollo del I+D+i relativo a las tecnologías necesarias para lograr la transición energética. m) Ejercer cualquier otra función que se le encomiende. 4. En el marco de sus competencias, la Agencia podrá suscribir, tanto con Administraciones y entidades públicas como con empresas e instituciones privadas, los convenios de colaboración o cooperación que estime oportunos.
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eli/es-ri/l/2022/11/02/13#art-3

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