Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 13
En vigor desde 10 abr 2016
A los efectos de esta Ley, es personal funcionario de carrera aquel que, en virtud de nombramiento legal, está vinculado a una Administración Pública de Extremadura por una relación estatutaria de carácter permanente, regulada por el Derecho administrativo, para el desempeño de servicios profesionales retribuidos.
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Proeli/es-ex/l/2015/04/08/13#art-13