Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición transitoria cuarta

En vigor desde 28 ene 2014
Hasta tanto se desarrolle la composición y funciones del Comité Gallego de Caza y de los comités provinciales de caza, estos se regirán por lo dispuesto en la Ley 4/1997, de 25 de junio, de caza de Galicia, y por su reglamento, aprobado por Decreto 284/2002, de 11 de octubre.
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eli/es-ga/l/2013/12/23/13#disposicion-transitoria-cuarta

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