Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional única

En vigor desde 26 nov 2010
En el plazo de tres años, a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, todos los municipios deberán tener aprobado su plan territorial municipal (PTM). En el plazo de cinco años, a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, todos los municipios deberán tener aprobados sus planes de actuación municipal (PAM) en caso de presentar riesgos específicos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2010/11/23/13#disposicion-adicional-unica

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil