Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 18 mar 2009
La presente ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2008/12/03/13#disposicion-final-cuarta