Título TÍTULO I
Art. 5
En vigor desde 24 jun 2007
Las Administraciones Públicas canarias responsables de los transportes por carretera son las siguientes:
a) La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
b) Los Cabildos Insulares.
c) Los Ayuntamientos canarios.
d) Las entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de las anteriores administraciones, que se constituyan para la programación, dirección y coordinación de las políticas de integración y gestión de los transportes.
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Proeli/es-cn/l/2007/05/17/13#art-5