Art. Disposición adicional

En vigor desde 20 jun 1989
El Grupo Asociado Banco de Crédito Agrícola-Cajas Rurales estará constituido por el Banco de Crédito Agrícola y las Cajas Rurales que suscriban el convenio con el mismo, teniendo plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, y rigiéndose en cuanto a sus órganos de gobierno y actividad por lo dispuesto en dicho convenio.
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eli/es/l/1989/05/26/13#disposicion-adicional

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