Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
En vigor desde 11 ene 1990
La Administración de la Generalidad ejerce la potestad de autoorganización mediante los órganos y dentro de los límites establecidos por la Constitución, por el Estatuto de Cataluña y por el resto del ordenamiento jurídico.
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Proeli/es-ct/l/1989/12/14/13#art-4