Título TÍTULO X

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 20 may 1982
En el plazo de un año someterá el Gobierno a las Cortes un proyecto que modifique el artículo trescientos ochenta, siguientes y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
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eli/es/l/1982/04/07/13#disposicion-final-segunda

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