Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 26 may 2023
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley se constituirá un grupo de trabajo para avanzar en una propuesta normativa de regulación de los contratos de arrendamiento de uso distinto del de vivienda a que se refiere el artículo 3 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, y, en particular, de los contratos de arrendamiento celebrados por temporada sobre fincas urbanas de uso vivienda.
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eli/es/l/2023/05/24/12#disposicion-adicional-quinta

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