Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Información sujeta a publicación
Art. 30
En vigor desde 9 jul 2015
La Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 28, hará pública y mantendrá actualizada la información sobre los servicios públicos concedidos por la misma y por los organismos públicos y entidades públicas vinculadas o dependientes, incluyendo:
a) El servicio público objeto de la concesión administrativa.
b) La identificación del concesionario.
c) El plazo de la concesión, régimen de financiación y condiciones de prestación del servicio.
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Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/2014/12/26/12#art-30