Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 38 quater
En vigor desde 10 jul 2024
La Administración pública de la Comunidad Autónoma y los demás organismos y entidades que se relacionan en los artículos 5.1 y 6.1 deberán facilitar al Comisionado de Transparencia de la Región de Murcia la información que el mismo les solicite y prestarle la colaboración necesaria para el desarrollo de sus funciones.»
Se añade por el art. único.10 de la Ley 1/2024, de 8 de julio. Ref. BOE-A-2024-15430
Tus anotaciones
Proeli/es-mc/l/2014/12/16/12#art-38-quater