Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 1 jun 2002
1. La Comarca de La Ribagorza, como Entidad Local territorial, tiene personalidad jurídica propia y goza de capacidad y autonomía para el cumplimiento de sus fines.
2. En el ejercicio de sus competencias, corresponden a la Comarca de La Ribagorza todas las potestades y prerrogativas reconocidas a la comarca en la legislación aragonesa.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2002/05/28/12#art-3