Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 1 jun 2002
1. La Comarca de La Ribagorza tiene su capitalidad en la villa de Graus, donde tendrán su sede oficial los órganos de gobierno de la misma, ostentando la capitalidad cultural la villa de Benabarre. 2. Las sedes de los distintos servicios que preste la comarca podrán establecerse en cualquier lugar del territorio comarcal, para lo que se tendrá en cuenta en cualquier caso la accesibilidad y funcionalidad de dichos servicios.
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eli/es-ar/l/2002/05/28/12#art-2

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