Art. Artículo único
En vigor desde 25 may 2002
Se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco a que se refiere el artículo cuarenta y uno de la Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco en los términos establecidos en el anejo a la presente Ley.
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Proeli/es/l/2002/05/23/12#articulo-unico