Art. Disposición final tercera
En vigor desde 16 ene 2003
El Consejo de Gobierno del Principado, en el plazo de seis meses, aprobará las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo de la presente Ley, oídos los ayuntamientos afectados.
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Proeli/es-as/l/2002/12/13/12#disposicion-final-tercera