Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Medios Materiales y Régimen Patrimonial

Art. 118

En vigor desde 26 dic 2001
1. Se adscribirán a la Agencia de Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid los bienes y derechos de toda clase afectos a la consecución de sus fines. 2. Constituirán el patrimonio propio de la Agencia de Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid todos aquellos bienes y derechos que adquiera o reciba por cualquier título.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-md/l/2001/12/21/12#art-118

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil