Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 1 ene 1995
Se declara la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados de expropiación forzosa como consecuencia de la ejecución de las obras comprendidas en el Plan de Carreteras de la Comunidad Valenciana 1988-1995, en el Plan de Vivienda 1992-1995, en el Plan de Puertos de la Generalidad Valenciana, en el Plan Director de Saneamiento y Depuración de la Comunidad Valenciana, a realizar por la Generalidad Valenciana, por entidades habilitadas como beneficiarias de expropiaciones o por las entidades locales, y en los proyectos denominados «Ciudad de las Ciencias» y «Torre de Comunicaciones».
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eli/es-vc/l/1994/12/28/12#art-2

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