Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 1 ene 1994
Las cantidades relacionadas en el artículo 5, se refieren a los datos presupuestarios del ejercicio 1992, por lo cual deberá procederse a su actualización en el momento de la entrada en vigor de esta Ley.
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eli/es-ib/l/1993/12/20/12#disposicion-adicional-tercera

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