Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 26

En vigor desde 23 sept 2022
En el supuesto de crisis sanitarias que afecten a toda la población u otras situaciones de urgencia, se articularán los procedimientos necesarios para dar una respuesta ágil a las mujeres, a sus hijos e hijas, así como a otras personas convivientes sujetas a guarda o curatela de la mujer víctima de violencia de género y personas convivientes dependientes o que estén a su cargo y sean víctimas de violencia de género.
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eli/es-ri/l/2022/09/20/11#art-26

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