Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 96

En vigor desde 27 dic 2022
La provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal laboral se realizará de conformidad con lo que establezcan los convenios colectivos que sean de aplicación y, en su defecto, el sistema de provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal funcionario regulado en este título.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/l/2022/12/01/11#art-96

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil