Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección Primera. Instrumentos de ordenación del empleo público de las administraciones públicas vascas

Art. 43

En vigor desde 27 dic 2022
Cada puesto de trabajo se clasificará, según la naturaleza de las funciones asignadas, como reservado únicamente a personal funcionario, laboral, eventual o, en su caso, a directivo público profesional.
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eli/es-pv/l/2022/12/01/11#art-43

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