Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección Primera. Instrumentos de ordenación del empleo público de las administraciones públicas vascas
Art. 43
43 / 256En vigor desde 27 dic 2022
Cada puesto de trabajo se clasificará, según la naturaleza de las funciones asignadas, como reservado únicamente a personal funcionario, laboral, eventual o, en su caso, a directivo público profesional.
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Proeli/es-pv/l/2022/12/01/11#art-43