Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 13

En vigor desde 27 dic 2022
1. El Consejo Vasco del Empleo Público es el órgano superior colegiado de coordinación, consulta y propuesta de las medidas que integran la política de personal de las administraciones públicas vascas, así como de participación del personal a su servicio. 2. Los informes y propuestas del consejo no tendrán carácter vinculante. 3. El consejo elaborará sus normas de organización y funcionamiento y podrá constituir ponencias de trabajo con expertos en las diferentes materias.
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eli/es-pv/l/2022/12/01/11#art-13

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