Título TÍTULO I
Art. 7
En vigor desde 13 jun 2019
1. La Iglesia católica, en cuanto titular de una parte importante del patrimonio cultural de Canarias, garantizará la protección, la conservación y la difusión del mismo, colaborando a tal fin con las administraciones públicas.
2. Una comisión mixta, formada por el Gobierno de Canarias, los cabildos insulares, la Federación Canaria de Municipios y la Iglesia católica en Canarias, establecerá el marco de colaboración y coordinación necesario para elaborar y desarrollar planes de intervención conjunta.
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Proeli/es-cn/l/2019/04/25/11#art-7