Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO XI

Art. 101

En vigor desde 29 ene 2020
A las cooperativas les será aplicable la legislación concursal, y deberán inscribirse en el Registro de Cooperativas de Euskadi las resoluciones judiciales de publicidad registral que se dicten.
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eli/es-pv/l/2019/12/20/11#art-101

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