Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera
En vigor desde 1 ene 2019
Dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de esta ley, el Consejo de Gobierno aprobará el Reglamento de organización y funcionamiento de la Inspección General de Servicios.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/2018/11/16/11#disposicion-final-primera