Capítulo CAPÍTULO II
Art. 3
En vigor desde 30 dic 2017
El cupo líquido del año base del quinquenio 2017-2021 se determinará por la aplicación del índice de imputación al importe total de las cargas no asumidas por la Comunidad Autónoma y mediante la práctica de los correspondientes ajustes y compensaciones, todo ello en los términos previstos en los artículos siguientes.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/2017/12/28/11#art-3