Art. Disposición final quinta

En vigor desde 21 dic 2016
Se faculta a los Consejeros competentes en materia de sanidad y de servicios sociales, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias para el desarrollo de la presente Ley.
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eli/es-ar/l/2016/12/15/11#disposicion-final-quinta

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